sábado, 4 de abril de 2009

UNA MAÑANA EN EL ESTUDIO JURÍDICO

          Un juez laboral, que por su natural profesión debe decir el derecho aplicable, acaba de intimar a nuestro representado por el plazo de tres días para que "indique el convenio colectivo de trabajo aplicable al actor en el momento del despido". Ello, bajo apercibimiento de tener por no presentada la demanda.

          Cabe recordar que, por un principio al que se dio en llamar iura novit curia, los magistrados están facultados a fallar incluso prescindiendo del derecho invocado por las partes.

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